La base imponible de aportes y contribuciones al sistema previsional se actualiza todos los meses. Desde el período devengado septiembre de 2026, la mínima es de $144.363,55 y la máxima de $4.691.748,47. Los fijó la Resolución 257/2026 de ANSES, publicada en el Boletín Oficial el 1 de septiembre de 2026. Son dos números chicos que, mal aplicados, generan diferencias en todas las cargas sociales del mes.
¿Qué son la base mínima y la base máxima?
Los aportes y contribuciones no siempre se calculan sobre el sueldo tal cual. La ley pone un piso y un techo, previstos en el artículo 9 de la Ley 24.241:
- Base mínima: es el importe más bajo que se puede tomar para el cálculo. Si la remuneración del mes queda por debajo, igual se calcula sobre ese piso. Aparece sobre todo en jornadas reducidas, ingresos o egresos a mitad de mes y licencias sin goce de haberes.
- Base máxima: es el techo. Cuando la remuneración lo supera, los conceptos sujetos al límite se calculan hasta ese importe y no sobre el total.
Valores vigentes desde septiembre de 2026
| Concepto | Agosto 2026 | Septiembre 2026 |
|---|---|---|
| Base imponible mínima | $141.380,42 | $144.363,55 |
| Base imponible máxima | $4.594.798,23 | $4.691.748,47 |
| Movilidad previsional del mes | 1,89% | 2,11% |
| Haber mínimo garantizado | $419.775,93 | $428.633,20 |
| Haber máximo | $2.824.694,49 | $2.884.295,54 |
La actualización del 2,11% sale de la variación del Índice de Precios al Consumidor de julio de 2026, según el esquema de movilidad mensual. Dejamos la columna de agosto para que puedas controlar liquidaciones del mes anterior, pero el punto de fondo es este: los valores se mueven todos los meses, así que no sirve dejarlos fijos en el sistema de sueldos.
Ejemplo: cómo se aplica el tope en un sueldo alto
Un gerente cobra una remuneración bruta de $6.000.000 en septiembre de 2026. Los números son ilustrativos:
- Remuneración del mes: $6.000.000.
- Base máxima vigente: $4.691.748,47.
- Los conceptos alcanzados por el tope se calculan sobre $4.691.748,47, no sobre $6.000.000. Quedan fuera de esa base $1.308.251,53.
Ese diferencial es el que suele generar reclamos cuando el sistema de liquidación quedó con los valores del mes anterior: el aporte sale mal calculado y la diferencia se arrastra al F.931.
Ojo: no todos los conceptos tienen el mismo tope
Este es el error más común y vale la pena marcarlo. La base máxima que fija ANSES aplica a los conceptos sujetos al límite del artículo 9 de la Ley 24.241, pero no todos los subsistemas de la seguridad social tienen los mismos límites imponibles. Aplicar el tope de manera pareja a todo lo que sale en el recibo es la forma más rápida de generar una diferencia.
La recomendación práctica: revisá concepto por concepto cómo está parametrizado tu sistema de sueldos, en vez de asumir que un solo tope corre para todo. Si liquidás con software, ese chequeo se hace una vez y después se hereda todos los meses.
Qué revisar en la liquidación del mes
- Que el sistema tenga cargados los valores del mes que estás liquidando y no los del anterior.
- Los casos de jornada reducida o meses incompletos, donde entra a jugar la base mínima.
- Los sueldos que superan el techo, para confirmar que el tope se aplicó solo donde corresponde.
- Que el F.931 del período cierre con la liquidación antes de presentarlo.
Hay un motivo extra para tener estas bases bien puestas: sobre las mismas remuneraciones que se toman como base para las contribuciones al SIPA se va a calcular la contribución al Fondo de Asistencia Laboral cuando arranque en noviembre. Un parámetro mal cargado hoy se propaga a más de un cálculo mañana.
Preguntas frecuentes sobre la base imponible
¿Cada cuánto cambian estos valores?
Todos los meses. Desde que rige el esquema de movilidad mensual del Decreto 274/2024, ANSES actualiza los importes en función del IPC, con dos meses de rezago. Los valores de septiembre salen del IPC de julio.
¿Esto cambia lo que cobra el empleado?
Puede cambiar el aporte que se le descuenta cuando su sueldo está cerca del techo, porque el tope se corrió hacia arriba. En los sueldos que están lejos de los límites, no hay efecto.
Liquidé mal el mes pasado, ¿qué hago?
Se corrige con una declaración jurada rectificativa del período. Cuanto antes se detecte, menos intereses se acumulan sobre la diferencia.
Cómo te ayudamos con la liquidación de sueldos
En Rolón & Asociados liquidamos sueldos y cargas sociales de pymes y empresas familiares, con los parámetros actualizados mes a mes y el control del F.931 antes de presentarlo. Podés leer cómo funciona tercerizar la liquidación de sueldos, ver nuestros servicios y planes, o escribirnos desde contacto.
Fuentes: Resolución 257/2026 de ANSES (RESOL-2026-257-ANSES-ANSES), dictada el 28/08/2026 y publicada en el Boletín Oficial el 01/09/2026, artículos 1 a 5; valores de agosto según Resolución 232/2026 de ANSES. Los importes del ejemplo son ilustrativos y no corresponden a un caso real. Última verificación de los valores: 5 de septiembre de 2026. Como la actualización es mensual, conviene chequear la resolución del mes antes de liquidar.
Este artículo tiene fines informativos y no constituye asesoramiento profesional. Para analizar tu caso particular, contactanos.


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