El régimen puerta a puerta se reorganizó: ARCA aprobó un nuevo procedimiento para los envíos internacionales que entran al país por el operador postal designado, con una franquicia de USD 400 por envío y un tope de cinco envíos por año y por persona. Lo estableció la Resolución General 5884/2026, que reglamenta el Decreto 604/26. Si comprás en plataformas del exterior o recibís paquetes por correo, conviene tener los números claros.
Qué cambió con la RG 5884/2026
El cambio de fondo es de ordenamiento: el nuevo procedimiento equipara el tratamiento tributario entre las importaciones postales sin finalidad comercial y el régimen simplificado por courier, y eleva la franquicia para determinados envíos. Antes convivían dos circuitos con reglas distintas según por dónde entrara el paquete; ahora la lógica es la misma.
Los límites del puerta a puerta, uno por uno
| Condición | Límite |
|---|---|
| Franquicia (exención de derechos de importación y tasa de estadística) | Hasta USD 400 por envío |
| Cantidad de envíos con franquicia | Máximo 5 por año y por persona |
| Valor FOB máximo del envío | USD 3.000 |
| Unidades de la misma especie | Hasta 3 |
| Destino | Uso o consumo personal, sin finalidad comercial |
Los envíos que cumplen estas condiciones tampoco quedan alcanzados por las intervenciones de terceros organismos que la propia norma detalla, que es lo que en la práctica más demoraba la liberación de un paquete.
¿Qué pasa si me paso del límite?
No es que el paquete se rechace. Cuando se excede el valor de la franquicia o el cupo de cinco envíos anuales, el excedente queda sujeto a los tributos que gravan la importación para consumo en el régimen general. Es decir, se paga por la diferencia, no por el total.
El límite duro es otro: el valor FOB de un envío no puede superar los USD 3.000. Por encima de ese monto ya no hablamos de puerta a puerta, sino de una importación que va por el régimen general, con despachante y todo lo que eso implica.
Cuidado si comprás para tu negocio
Acá está el punto que más nos consultan las pymes y conviene decirlo sin vueltas: el régimen exige que la mercadería sea para uso o consumo personal, sin finalidad comercial. Usar el puerta a puerta para traer insumos o mercadería de reventa no encuadra, por más que cada envío entre en los montos.
Los indicios que hacen ruido son bastante evidentes: envíos repetidos de lo mismo, más de tres unidades de una misma especie, o paquetes que llegan a nombre de distintas personas pero con un mismo destino real. Si tu empresa necesita importar de manera habitual, el camino es armar la operatoria por el régimen que corresponda, no estirar una franquicia pensada para consumo personal. Sale más barato hacerlo bien desde el principio que discutir un ajuste después.
Si lo tuyo es la otra punta, vender al exterior, escribimos sobre el régimen de exportación postal en exportar por correo sin límite de valor.
Las mejoras operativas del nuevo régimen
- Procedimiento unificado para la recepción de envíos postales internacionales, incluido el servicio puerta a puerta.
- Validación anticipada y digital de los datos del envío: la aduana cuenta con la información antes de que el paquete llegue al país.
- Menos trámites manuales para el comercio electrónico transfronterizo, con la expectativa de reducir los tiempos de espera.
Preguntas frecuentes sobre el puerta a puerta
¿Los cinco envíos son por año calendario?
El cupo es de cinco envíos por año y por persona. Si vas a hacer varias compras chicas en el año, conviene llevar la cuenta para no descubrir el límite recién cuando llega el sexto paquete.
¿El límite de USD 400 incluye el flete?
La norma trabaja con el valor FOB del envío para el tope de USD 3.000. Para la franquicia conviene chequear el detalle en el texto de la resolución antes de una compra grande, porque la base de cálculo es lo que define si te pasás o no.
Soy monotributista, ¿puedo usar el puerta a puerta para mi actividad?
El régimen no distingue por condición fiscal sino por destino de la mercadería. Si es para tu consumo personal, sí. Si es un insumo o mercadería para tu actividad, no encuadra, seas monotributista o responsable inscripto.
Cómo te ayudamos con tus operaciones de comercio exterior
En Rolón & Asociados ayudamos a pymes que compran o venden al exterior a elegir el régimen correcto para cada operación, estimar la carga tributaria real antes de comprar y dejar la registración contable e impositiva prolija. Podés ver nuestros servicios y planes, o escribirnos desde contacto.
Fuentes: ARCA — ARCA agiliza el régimen de envíos postales internacionales y puerta a puerta (30/07/2026); Resolución General 5884/2026, que reglamenta el Decreto N° 604/26.
Este artículo tiene fines informativos y no constituye asesoramiento profesional. Para analizar tu caso particular, contactanos.


Deja una respuesta